El podio a la hora de repartir la puntuación: ¿en qué circunstancias es injusto?
Esta reciente RTACRC se pronuncia al resolver un REMC contra un pliego que valora la metodología propuesta para la consecución de los trabajos objeto del servicio, así como el conocimiento que se acredite poseer acerca de las características de la infraestructura que es objeto del servicio y de las necesidades de dichas infraestructuras, con arreglo a la siguiente asignación:
Primera mejor memoria: 35 puntos.
Segunda mejor memoria: 20 puntos.
Tercera mejor: 10 puntos
Cuarta y sucesivas memorias siempre y cuando contengan toda la información mínima solicitada: 5 puntos.
Resto: 0 puntos.
El REMC prospera porque:
“No se considera proporcionado encorsetar la puntuación de las memorias, valorables mediante un juicio de valor, con unas diferencias muy importantes de puntuación, cuando, a priori, las memorias de las cuatro primeras ofertas podrían ser muy similares.
El órgano evaluador, aplicando sus conocimientos y discrecionalidad técnica, debe poder valorar libremente las ofertas, y concederles la puntuación que merezcan, con un máximo de 35 puntos, y de forma motivada”.